El Papa concede el Año Jubilar e indulgencia plenaria por el aniversario de la coronación de la Virgen de Guadalupe

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El Año Jubilar se ha otorgado por el 125 aniversario de la coronación de la Virgen de Guadalupe

Se cumplen 125 años de la Coronación de la imagen de la Virgen de Guadalupe y para celebrarlo el Papa Francisco ha concedido Año Jubilar y la indulgencia plenaria a los fieles que participen en la Eucaristía en la basílica de Ciudad de México y cumplan todos los requisitos para poder disfrutarla.

El rector de la basílica de Guadalupe, monseñor Salvador Martínez Ávila, realizó el anuncio el pasado 8 de septiembre, festividad de la Natividad de la Virgen. En el decreto, el cardenal Mauro Piacenza, Penitenciario Mayor de la Iglesia, destacó que la indulgencia es concedida por “especial mandato en Cristo” del Papa Francisco.

Según recoge Aciprensa, de acuerdo al documento pontificio, “el día que los fieles elijan, habiendo asistido al Santo Sacrificio, con verdadero espíritu de arrepentimiento y caridad, y participando en el Sagrado Rito, se les concede la Bendición Apostólica, con la correspondiente Indulgencia Plenaria, lucrada según las acostumbradas condiciones de confesión sacramental, comunión Eucarística y oración por las intenciones del Romano Pontífice”.

El Año Jubilar comenzó el pasado 8 de septiembre y se alargará hasta el 12 de octubre de 2020, fecha en la que se cumplirá el 125 aniversario de la coronación.  De este modo, el cardenal  determinó además que “los fieles laicos que por una razonable circunstancia no participen físicamente en los sagrados ritos, pero que participando a través de los medios de comunicación de la radio o televisión, reciban devotamente la Bendición Papal y tengan la recta intención, puedan recibir y lucrar plenamente de acuerdo a las normas jurídicas, la Indulgencia Plenaria”.

Las gracias de la indulgencia

En declaraciones a Aci, el doctor en Teología y sacerdote Juan de Dios Olvera Delgadillo, señaló que “todo pecado tiene una pena eterna y al mismo tiempo tiene una pena temporal. Cuando una persona se confiesa se le perdona la pena eterna, pero queda pendiente la pena temporal”.

Esta pena temporal, dijo, “es el motivo por el cual las almas van al Purgatorio”, y se disminuye habitualmente durante la vida “con el ofrecimiento de nuestras penalidades de nuestra vida, con una enfermedad sufrida con fe, cualquier penalidad que te venga por ser buen cristiano”. La indulgencia plenaria borra totalmente esta pena temporal, indicó, pues “es el perdón de nuestro purgatorio hasta donde va ahorita”.

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